jueves, 23 de febrero de 2017

COMUNICADO PARA PERSONAL DE LOS EDIFICIOS JUDICIALES PROHIBICIÓN DE FUMAR EN EL CENTRO DE TRABAJO




Se ha recibido en este Centro Directivo denuncias poniendo en conocimiento que se fuma en determinados edificios judiciales y se interesa la adopción de las medidas necesarias encaminadas a evitar el consumo de tabaco por parte de todo el personal funcionario ubicado en dichos edificios.
  
Por ello, con motivo de dar cumplimiento a la normativa vigente, “Ley antitabaco 42/2010 de 30 de diciembre, que modifica la Ley 28/2005 de 26 de diciembre de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladores de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco” (B. O. E. núm. 318, de 31 de diciembre),  se recuerda que en su artículo 7, "se prohíbe fumar en Centros de trabajo públicos y privados, centros y dependencias de las Administraciones públicas y entidades de Derecho público", es por lo que.

La Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia  SOLICITA, la colaboración de todos los Empleados Públicos que presten sus servicios en los edificios judiciales, por lo que se abstengan de forma en los mismos respetando lo establecido la normativa específica de la Ley Antitabaco, evitando además riesgos de incendio y sus consecuencias en centros de trabajo gestionados por este Centro Directivo.

Reciban un cordial saludo,

En Santa Cruz de Tenerife, a  23  de febrero de 2017

Dirección General de Relaciones con
la Administración de Justicia

 

STAJ / SINDICATO ESPECÍFICO Y EXCLUSIVO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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