jueves, 23 de marzo de 2017

LA SECCIÓN 1ª DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS, DECLARA LA FIRMEZA DE LA SENTENCIA DICTADA EN EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO 295/2014, EN EL QUE SE DESESTIMO LA DEMANDA CONTENCIOSA QUE INTERPUSO LA JUNTA DE JUECES DEL PARTIDO JUDICIAL DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA EN CONTRA DE LA RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES CON LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL GOBIERNO DE CANARIAS, QUE ESTABLECIÓ LOS CRITERIOS PARA LA DISTRIBUCIÓN, AUTORIZACIÓN Y USO DE LAS PLAZAS DE APARCAMIENTOS EN LA CIUDAD DE LA JUSTICIA DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA.



                                                                     

Con fecha 16 de Marzo de 2017 se ha dictado Decreto por el Letrado de la Administración de Justicia en el PROCEDIMIENTO ORDINARIO 295/2014 de la Sección 1ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el que se declara la FIRMEZA de la Sentencia que desestimó la Demanda que interpuso la JUNTA DE JUECES DEL PARTIDO JUDICIAL DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, los cuales habían recurrido los “Criterios para la distribución, autorización y uso de las Plazas de Aparcamiento en la Ciudad de la Justicia del Partido Judicial de Las Palmas de Gran Canaria”.

En este sentido para salvaguardar los derechos de los Funcionarios de la Administración de Justicia en Canarias, el Sindicato STAJ único Sindicato que se personó en las presentes actuaciones de todos los que integran la Junta de Personal de la provincia de Las Palmas, nos personamos en calidad de CODEMANDADO en un procedimiento que al final se dictó Sentencia en la que se acordó la DESESTIMACIÓN de la Demanda que había interpuesto la JUNTA DE JUECES DEL PARTIDO JUDICIAL DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, los cuales habían recurrido los “Criterios para la distribución, autorización y uso de las Plazas de Aparcamiento en la Ciudad de la Justicia del Partido Judicial de Las Palmas de Gran Canaria”, convirtiéndose en la primera Sentencia en Canarias que nos ponía a la misma altura y en derechos en un Parking de un Edificio Judicial que los propios Magistrados que integran el Partido Judicial de Las Palmas de Gran Canaria, hito histórico del que ya se escudan otros Partidos Judiciales de ámbito estatal para que se haga extensivo en el resto de territorios judiciales de España.

Está es una gran victoria de los Funcionarios de Justicia en Canarias y por el Sindicato STAJ nos congratulamos por estos pronunciamientos judiciales que lo único que vienen a reconocer que dentro de esta Administración de Justicia tenemos los mismos derechos todos los colectivos que la integran y los cuales se nos deben de reconocer, dado que la Administración de Justicia es un servicio por y para el ciudadano y no para admitir privilegios dentro de la misma a unos en detrimento de otros.

Se adjunta DECRETO DE FIRMEZA dictado por el Letrado de la Administración de Justicia en el Procedimiento Ordinario 295/2014 por la Sección 1ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

STAJ / SINDICATO ESPECÍFICO Y EXCLUSIVO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
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